martes, 9 de febrero de 2016

Multas por publicidad engañosa, ¿Benefician a los consumidores?

Foto tomada del sitio web Semana.com

Multas por publicidad engañosa, ¿Benefician a los consumidores?


En los últimos dos años fue muy notoria la actividad de la superintendencia de industria y comercio al imponer severas multas por publicidad engañosa a varias empresas renombradas. En la actualidad, gracias al nuevo estatuto del consumidor, la superintendencia de industria y comercio puede multar a una empresa hasta por $1.300 millones de pesos por incurrir en publicidad engañosa. En  ese periodo de tiempo se han impuesto multas a empresas por $40.000 millones de pesos.

Según el informe publicado en el sitio digital de la Revista Semana, titulado "La aguda lucha contra la publicidad engañosa.", la SIC ha multado a la empresa Quala por su producto Doña Gallina con 451  millones de pesos. A la empresa Danone Alqueria por sus productos de la línea Activia con 493 millones de pesos. A la empresa Pepsico Alimentos de Colombia por su producto Natuchips plátano verde con 340 millones de pesos. A Despegar.com con 12.320.000 pesos por incumplir los servicios prometidos. Al laboratorio Genomma Lab de Colombia por su producto Cicatricure con 16 millones de pesos. Uno de los casos más sonados fue la multa impuesta a Jorge Hané Laboratories por su suplemento dietario Reduce Fat Fast por 709 millones de pesos, aunque todavía queda pendiente la resolución de la apelación  interpuesta por el afectado.

Sin embargo, el caso que hizo sacudir a toda una industria fue la sanción impuesta a empresas y directivos del sector azucarero por cartelización empresarial. La sanción a ASOCAÑA, CIAMSA, DICSA, doce INGENIOS AZUCAREROS y doce ALTOS DIRECTIVOS del sector, asciende a 260.000 millones de pesos. En principio la sanción había sido fijada en 320.000 millones de pesos, pero se redujo luego de que ASOCAÑA presentara sus estados financieros, por los cuales la SIC se dio cuenta de que la multa era superior al patrimonio de esa entidad gremial, y porque en el caso de CIAMSA y cuatro Altos Directivos la sanción superaba su capacidad de pago.

Foto tomada del sitio web de la Superintendencia de Industria y Comercio.


Dos reflexiones sobre esta última sanción: 1. La superintendencia destaca enfáticamente que contra la decisión del superintendente de industria y comercio NO procede ningún recurso. 2. Las multas eran tan desmesuradas que superaban el patrimonio o la capacidad de pago de los sancionados, por lo cual debieron reducirlas.

Más allá de si las sanciones son justas o injustas, surge una pregunta: ¿En verdad estas sanciones benefician a los consumidores?

Supuestamente, los infractores deberían escarmentar al verse obligados a pagar cuantiosas multas y no incurrirían más en publicidad engañosa, cartelización empresarial u otro delito contra los consumidores. Eso sería un beneficio de la sanción, pero ¿Qué ocurre con el dinero de la sanción? ¿Va por completo a las arcas de la superintendencia? ¿En qué se usa dicho dinero? ¿Por qué la superintendencia se abroga el derecho de apropiarse del dinero producto de sanciones contra los consumidores?

Es evidente que estamos ante un abuso de autoridad estatal y que esta conducta debe ser reprobada y sancionada por la ciudadanía consciente del país. Estos funcionarios fueron elegidos para defender a la ciudadanía y no para beneficiarse de su posición para enriquecerse ellos y sus aliados políticos, ni para afectar negativamente a todo un sector industrial como el azucarero con el pago de multas que ponen en riesgo su supervivencia, y atentan contra el bienestar de miles de empleados y sus familias.


 @ciudadanosyley

Todo poder es cuestionable.